fecha de respuesta: 28.10.2024
La empresa debe velar por un entorno laboral exento de acoso, ya sea físico, verbal, psicológico o sexual. La Ley de Igualdad y la normativa de prevención de riesgos laborales exigen protocolos de actuación. Ante denuncias de mobbing, la empresa tiene que investigar, proteger a la víctima y sancionar al acosador si se prueba. El acoso puede acarrear responsabilidad por daños morales y, en caso de inacción empresarial, el trabajador puede solicitar la extinción indemnizada del contrato o plantear demanda por vulneración de derechos fundamentales. Muchos convenios contemplan procedimientos internos confidenciales. Además, la Inspección de Trabajo y los tribunales pueden intervenir si la empresa no actúa diligentemente.