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Vivo en Barcelona y desde hace tiempo sufro maltrato psicológico y en alguna ocasión también físico por parte de mi pareja, con quien tengo dos hijos pequeños. Finalmente he decidido denunciar, pero tengo mucho miedo de lo que pueda pasar después de la denuncia, tanto por mi seguridad como por la de mis hijos, y no sé si puedo pedir que se quede fuera de casa de forma inmediata ni quién decidirá la custodia mientras se resuelve todo el proceso judicial. Necesito entender qué pasos seguir y qué protección legal existe en estos casos tan urgentes.
Mi ex pareja y yo firmamos un convenio regulador privado entre nosotros en Toledo antes de acudir al juzgado, con la intención de que después el juez simplemente lo aprobara. Sin embargo, alguien nos ha comentado que un convenio firmado de forma privada, sin homologar todavía por el juzgado, no tiene realmente fuerza legal ni puede ejecutarse si una de las partes decide incumplirlo antes de que se dicte la sentencia. Nos gustaría entender bien qué diferencia hay entre el documento firmado privadamente y el convenio ya homologado judicialmente.
Mi hijo cumple dieciocho años el mes que viene y actualmente estoy pagando una pensión de alimentos fijada en mi divorcio en Ciudad Real. Él todavía está estudiando y no tiene ningún ingreso propio, por lo que sigue dependiendo económicamente de nosotros. Quiero saber si al alcanzar la mayoría de edad se extingue automáticamente mi obligación de seguir pagando esta pensión, o si al seguir estudiando y sin trabajo debo continuar pagándola de todas formas, y qué debería hacer en cada caso.
Desde que mi hijo se divorció de su mujer en Toledo, apenas puedo ver a mi nieto de cinco años, ya que mi ex nuera ha decidido limitar drásticamente el contacto conmigo, a pesar de que durante años cuidé habitualmente del niño mientras mis hijos trabajaban. Me gustaría saber si, como abuela, tengo algún derecho legal reconocido a mantener un régimen de visitas con mi nieto, o si esta decisión depende exclusivamente de la voluntad de mi ex nuera sin que yo pueda hacer nada al respecto.
En el convenio regulador de mi divorcio en Huesca se estableció que la pensión de alimentos de mis hijos se actualizaría anualmente conforme al índice de precios al consumo, pero mi ex marido nunca ha aplicado esta actualización por su cuenta y sigo recibiendo exactamente el mismo importe fijado hace ya cuatro años. No sé si tengo que reclamar yo la actualización de forma expresa cada año o si él está obligado a aplicarla automáticamente sin que yo tenga que hacer nada, ni cómo puedo reclamar ahora las cantidades acumuladas de estos años.
Somos una pareja de Toledo que se ha ofrecido como familia acogedora ante la entidad pública de protección de menores, y en las entrevistas nos han hablado de distintas modalidades de acogimiento sin que quedara muy claro para nosotros qué diferencia real existe entre un acogimiento simple y uno permanente, ni qué consecuencias tiene cada uno para nuestra relación con el menor a largo plazo y para la posibilidad de que la situación termine en una adopción futura.
Voy a casarme por segunda vez en Vigo y tengo dos hijos de mi matrimonio anterior. Mi futura esposa también tiene un hijo de una relación previa. Ambos tenemos patrimonio propio acumulado a lo largo de los años y queremos proteger, en la medida de lo posible, los derechos futuros de nuestros respectivos hijos frente al nuevo matrimonio, sin que esto genere desconfianza entre nosotros. Nos gustaría saber qué podemos pactar antes de la boda para dejar esto claro desde el principio.
Tengo setenta años y vivo en Segovia, y últimamente he oído hablar bastante del llamado testamento vital o documento de instrucciones previas, además del testamento tradicional para repartir mis bienes que ya tengo otorgado desde hace años. No entiendo bien qué diferencia existe entre ambos documentos, ni si el testamento vital sustituye de alguna forma al testamento habitual, ni si necesito hacer algo adicional para tener también regulada esta otra cuestión relacionada con decisiones médicas futuras.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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