fecha de respuesta: 26.12.2024
El Código Civil recoge un elenco de causas tasadas para desheredar a un hijo, como maltrato grave, haber negado alimentos al padre, injurias graves, etc. Deben reflejarse en el testamento de forma expresa. Si la causa es inexistente o no se prueba, la desheredación resulta nula y el hijo conserva su legítima. La jurisprudencia ha interpretado la causa de 'maltrato psicológico' como suficiente si hay evidencia significativa. Sin embargo, no se puede desheredar libremente sin un motivo legal. Si la causa es falsa o no concurre, la disposición testamentaria se anula en esa parte, devolviendo la legítima al descendiente.