¿La ley reconoce el testamento verbal o ‘in artículo mortis’? - Abogados24-es.com

¿La ley reconoce el testamento verbal o ‘in artículo mortis’?

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Pregunta del visitante

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13.11.2024

¿Tiene validez siempre o es excepcional?

Respuesta a la pregunta 14.11.2024
fecha de respuesta: 14.11.2024

El testamento verbal o nuncupativo existe en casos de urgencia, cuando el testador está en peligro inminente de muerte y no puede acudir a notario. Requiere al menos tres testigos idóneos y que el testador exprese claramente sus disposiciones. Después, debe formalizarse por escrito en un plazo (10 días) y ratificarse judicialmente con comparecencia de los testigos. Si no se cumplen estos requisitos o el testador sobrevive al peligro, su validez es muy limitada. Es una forma excepcional que el Código Civil admite, pero su eficacia depende de la verificación judicial y la emergencia real que impida usar otras vías.

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