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Llevo cinco años conviviendo con mi pareja en Zaragoza y desde hace tres estamos casados. Ella tiene un hijo de diez años de una relación anterior cuyo padre biológico apenas ha tenido contacto en los últimos años y no paga la pensión de alimentos desde hace tiempo. El niño me considera como su padre y me gustaría adoptarlo legalmente para formalizar esa relación. Quiero saber si esto es posible sin el consentimiento del padre biológico y qué pasos debería seguir.
Mi pareja y yo, residentes en Madrid, llevamos tiempo valorando la adopción internacional porque no hemos podido tener hijos biológicos y nos gustaría acoger a un niño de otro país. Hemos oído hablar de certificados de idoneidad, entidades colaboradoras y convenios internacionales, pero no tenemos claro por dónde empezar ni cuánto puede tardar todo el proceso hasta traer al menor a España. Nos gustaría entender qué organismos intervienen, qué requisitos debemos cumplir como pareja y qué validez tendrá la adopción una vez formalizada en el país de origen del niño.
Mi pareja y yo hemos decidido divorciarnos de mutuo acuerdo en Alicante y queremos redactar nosotros mismos un primer borrador del convenio regulador antes de acudir al abogado, para ahorrar tiempo en las reuniones. Tenemos dos hijos menores y una vivienda en propiedad compartida. No sabemos con exactitud qué puntos son obligatorios por ley en este documento y cuáles son simplemente recomendables, para no dejarnos nada importante fuera del acuerdo.
Mi ex marido y yo nos divorciamos hace ya seis años en Cuenca, pero por comodidad y porque no había prisa, nunca llegamos a liquidar formalmente la sociedad de gananciales que teníamos, y seguimos siendo cotitulares de un piso y de una cuenta de ahorros conjunta. Ahora quiero vender mi parte y rehacer mi vida económicamente de forma independiente, y me gustaría saber si después de tanto tiempo todavía podemos liquidar los gananciales o si hemos perdido ya esa posibilidad por haber dejado pasar tantos años sin hacerlo.
Pago actualmente una pensión de alimentos por mi hija de mi primer matrimonio, fijada hace cuatro años en Málaga, y mi actual pareja está embarazada de nuestro primer hijo en común, que nacerá en unos meses. Con este nuevo nacimiento, mis gastos familiares van a incrementarse considerablemente, y me gustaría saber si el nacimiento de este nuevo hijo me permite solicitar una reducción de la pensión que actualmente pago por mi hija mayor, dado que ahora tendré que repartir mis ingresos entre más personas a mi cargo.
Voy a casarme el año que viene en Bilbao y hace dos años heredé de mi abuela un piso que tengo alquilado como fuente de ingresos adicional. Mi pareja y yo nos llevamos bien y no queremos empezar el matrimonio con desconfianzas, pero me gustaría dejar claro por escrito, antes de la boda, que esa vivienda heredada seguirá siendo exclusivamente mía pase lo que pase en el futuro, incluidas las rentas que genere el alquiler. No sé si esto ya está protegido automáticamente por ser una herencia o si necesito hacer algo adicional.
He empezado a sospechar en Sevilla que mi ex pareja está utilizando a nuestros hijos como forma de hacerme daño a mí, incumpliendo constantemente el régimen de visitas, hablándoles mal de mí delante de ellos y generando situaciones que los ponen claramente en contra mía sin ninguna razón objetiva. He oído hablar del concepto de violencia vicaria y me gustaría entender exactamente qué significa este término legalmente y cómo podría acreditar ante un juzgado que estoy sufriendo este tipo de violencia a través de mis propios hijos.
Llevaba conviviendo con mi pareja durante casi once años en Barcelona, sin llegar a casarnos nunca, aunque sí estábamos inscritos como pareja de hecho en el registro correspondiente. Hace unas semanas falleció de forma repentina sin haber hecho testamento y ahora sus hermanos hablan de repartirse los bienes, incluido el piso donde vivíamos juntos, que estaba a su nombre. Me siento totalmente desprotegida porque no sé si, al no estar casados, tengo algún derecho legal sobre la herencia o sobre poder seguir viviendo en la vivienda que compartíamos.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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