¿Cabe exigir responsabilidades al procurador que filtra información confidencial del procedimiento a terceros? - Abogados24-es.com
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¿Cabe exigir responsabilidades al procurador que filtra información confidencial del procedimiento a terceros?

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Pregunta del visitante

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19.12.2024

¿Rompe el deber de secreto?

Respuesta a la pregunta 22.12.2024
fecha de respuesta: 22.12.2024

Sí, el procurador está sujeto a secreto profesional igual que el abogado. La LOPJ y sus normas deontológicas imponen confidencialidad sobre la información del cliente y del proceso. Divulgar datos sin autorización es una infracción grave que puede acarrear sanciones disciplinarias del colegio y responsabilidad civil por daños causados. Podría considerarse, incluso, conducta penal si revela secretos que causen perjuicios relevantes. El cliente tiene derecho a la privacidad de la documentación procesal. Por tanto, filtrar información a terceros viola el deber de secreto y puede motivar reclamaciones y sanciones.

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