fecha de respuesta: 15.01.2025
La Ley Orgánica 3/2021 reconoce el derecho a la prestación de ayuda para morir, sujeto a condiciones estrictas: paciente mayor de edad con enfermedad grave e incurable o sufrimiento insoportable, que solicita de forma consciente y reiterada la eutanasia. Se somete a un procedimiento con informes de un médico responsable, uno consultor y una comisión de garantía y evaluación. El médico que realiza la eutanasia, cumpliendo este procedimiento y tras la aprobación del órgano competente, está exento de responsabilidad penal, pues la conducta se despenaliza. Si se salta los requisitos, podría incurrir en delito. Además, el profesional puede objetar en la forma reglada.