fecha de respuesta: 17.01.2025
La Ley 14/2006 sobre Reproducción Humana Asistida permite técnicas como inseminación artificial, fecundación in vitro o donación de gametos y embriones, siempre sin fines lucrativos y con donantes anónimos. Sin embargo, la gestación subrogada (también llamada maternidad subrogada) no está permitida en España: se considera nula cualquier cláusula que estipule que la gestante renuncia a la filiación materna en favor de terceros. Por ello, no se reconoce la subrogación en territorio español. Las parejas que acuden al extranjero para contratos de gestación subrogada enfrentan problemas legales al inscribir al recién nacido aquí. Se protegen los derechos de la gestante y del menor, evitando la explotación reproductiva.