fecha de respuesta: 07.12.2024
El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, aunque puede solicitarse prórroga de seis meses adicionales antes de que venza el plazo inicial. Si no se paga dentro del plazo (ni con prórroga), se aplican recargos e intereses de demora. Cada comunidad autónoma regula los tipos y bonificaciones, pero el incumplimiento general conlleva sanciones. Se puede fraccionar el pago en ciertos supuestos. No pagar en plazo bloquea, en la práctica, la posibilidad de inscribir bienes a nombre de los herederos, y genera deuda tributaria que Hacienda reclamará.