fecha de respuesta: 22.12.2024
En caso de incapacidad temporal (baja laboral), el médico de atención primaria o la mutua expide los partes. Si el proceso se alarga, se involucra la Inspección Médica, y si se supera el período legal máximo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) valora la incapacidad permanente. Se dictamina si el paciente puede reincorporarse o si padece una invalidez que le impide trabajar total o parcialmente. El grado de incapacidad permanente (total, absoluta, gran invalidez) se traduce en prestación económica. Si el afectado discrepa, puede recurrir ante la vía administrativa y luego la laboral en tribunales. Para otras incapacidades civiles (ej. toma de decisiones personales), el juez de familia decide tras peritajes.