fecha de respuesta: 26.12.2024
El heredero universal es aquel nombrado para suceder en la totalidad del patrimonio del causante sin otras limitaciones ni designaciones parciales. Se suele redactar en testamentos sencillos: 'Instituyo heredero universal a mi hijo X', confiriéndole toda la herencia (respetando legítimas si hubiera más herederos forzosos). Si existen otros herederos, esa universalidad se reduce a su cuota. Pero en un testamento que designa heredero universal único, la persona asume bienes y deudas del difunto. El testador confía en ella para administrar y distribuir según su criterio, aunque sigue siendo ineludible atender las legítimas de eventuales colaterales.