fecha de respuesta: 09.11.2024
La Ley Orgánica 2/2010 regula la interrupción voluntaria del embarazo. Permite el aborto libre hasta la semana 14, siempre que se realice en un centro acreditado, con la información y un periodo de reflexión de al menos 3 días. De la semana 15 a la 22, se admite por graves riesgos para la vida o salud de la madre o por anomalías fetales graves. Después de la semana 22, sólo en casos de anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable. El médico debe cumplir los protocolos y asegurarse de que la mujer otorga su consentimiento informado. Si un profesional objeta, debe remitir a otro que no sea objetor. Incumplir la ley o no garantizar la seguridad del procedimiento puede acarrear responsabilidad administrativa o penal.