fecha de respuesta: 09.11.2024
La extradición se rige por tratados internacionales y la Ley de Extradición Pasiva, requiriendo la solicitud del Estado reclamante y la aprobación del Consejo de Ministros, tras informe judicial. Para países de la UE, se aplica la Orden Europea de Detención y Entrega (euroorden), procedimiento simplificado que sustituye la extradición tradicional. Un juez del Estado requerido revisa si cumple condiciones (doble tipicidad, pena mínima) y, si no concurre causa de denegación, entrega al fugitivo. Este sistema agiliza la colaboración penal. Fuera de la UE, se siguen los convenios bilaterales o el principio de reciprocidad, con trámites administrativos y judiciales más extensos.