fecha de respuesta: 26.12.2024
En España, la Ley 30/1979 de Trasplantes de Órganos y la normativa posterior regulan la donación y trasplante. La Organización Nacional de Trasplantes (ONT) coordina. Para trasplantes de donante cadáver, rige el consentimiento presunto, si bien se consulta a la familia. Para donantes vivos, se exige el consentimiento expreso y voluntario, mayor de edad, con plena capacidad, y que no exista remuneración alguna (prohibición de la compraventa de órganos). Además, deben evaluarse los riesgos para el donante, asegurando que la extracción no comprometa gravemente su salud. Los trasplantes están regidos por principios éticos, garantizando la equidad en la asignación de órganos.