fecha de respuesta: 30.11.2024
Sí, si no existe testamento que designe contador-partidor y los herederos no se ponen de acuerdo sobre la partición de la herencia, cualquiera de ellos puede pedir al juzgado la designación de un contador-partidor dativo. Este profesional neutral (a menudo un abogado) realiza la partición, estableciendo los lotes de bienes. Una vez presentada, se notifica a los herederos, quienes pueden impugnarla si encuentran errores o injusticias. De persistir la discrepancia, el juez aprueba o corrige la partición. Es un mecanismo para resolver bloqueos y evitar que la herencia quede indefinidamente en comunidad sin reparto.