fecha de respuesta: 13.12.2024
En hospitalización psiquiátrica involuntaria se actúa mediante autorización judicial cuando existe riesgo grave para el paciente o terceros, según la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil y el Código Civil. Si el paciente, bajo internamiento involuntario, pide el alta argumentando mejoría, el juez valora los informes médicos. Si persiste un riesgo, se mantiene la internación; de lo contrario, se concede el alta. El paciente puede recurrir la medida. Si el internamiento era voluntario, puede exigir el alta en cualquier momento, salvo que se diagnostique riesgo inminente que justifique transformarlo en involuntario bajo intervención judicial. Es clave el dictamen psiquiátrico para prorrogar la estancia involuntaria.