¿Qué trascendencia tienen las anotaciones en el ‘libro de visitas’ de la Inspección de Trabajo?
- 31.12.2024
He visto que si una empresa cambia de titular, a veces los trabajadores mantienen sus puestos. ¿Qué condiciones se exigen?
Según el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, la subrogación empresarial opera cuando se transmite una unidad económica que conserva su identidad (medios de producción, locales, maquinaria o plantilla esencial). El nuevo titular asume los contratos de trabajo y las obligaciones laborales, manteniéndose la antigüedad y condiciones de los empleados. No es necesaria una liquidación previa. Esto evita que, con un simple cambio de dueño, se desvinculen y reasignen plantillas. La jurisprudencia analiza si existe la 'unidad productiva autónoma'. En sectores con convenios específicos (limpieza, seguridad), la subrogación se rige por cláusulas convencionales que obligan a la nueva adjudicataria del servicio a subrogar la plantilla.
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