fecha de respuesta: 10.01.2025
La ley (TRLGDCU) otorga la elección al consumidor, en principio, entre reparación o sustitución, salvo que una de ellas resulte imposible o desproporcionada. Si el producto ha sido reparado varias veces por el mismo defecto y sigue fallando, el consumidor puede sostener que la reparación no soluciona el problema y solicitar la sustitución por otro artículo nuevo o, si no es viable, la resolución del contrato con devolución del dinero. Lo importante es que se garantice la conformidad en un plazo razonable y sin molestias mayores al consumidor. El empresario no puede eternizar reparaciones sin solución efectiva.