¿En qué casos el Ministerio Fiscal asume la representación de un menor o incapaz en juicio? - Abogados24-es.com

¿En qué casos el Ministerio Fiscal asume la representación de un menor o incapaz en juicio?

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Pregunta del visitante

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04.01.2025

¿Se hace innecesario el procurador en tales situaciones?

Respuesta a la pregunta 06.01.2025
fecha de respuesta: 06.01.2025

El Ministerio Fiscal tutela los intereses de los menores e incapaces cuando no tengan representante legal o exista conflicto de intereses con sus representantes. El Fiscal no sustituye al procurador en la esfera civil: la representación formal en juicio sigue recayendo en quien ejerza la patria potestad o la tutela, salvo que se nombre un defensor judicial. Sin embargo, en algunos procedimientos específicos (por ejemplo, en materia de protección de menores), el Fiscal puede instar la actuación procesal directamente. Aun así, no suple la figura del procurador si la ley exige su comparecencia formal. El Fiscal vela por los derechos, mas la representación procesal la ejerce el tutor o un defensor designado por el juzgado.

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