fecha de respuesta: 09.11.2024
Sí, la víctima puede ejercitar la acción civil dentro del procedimiento penal para exigir la reparación del daño o indemnización. El juez penal, al dictar sentencia condenatoria, también decide sobre la responsabilidad civil y fija la cuantía del resarcimiento. Así, la víctima no necesita un juicio civil aparte. Se debe acreditar el perjuicio, como daños materiales, morales o lucro cesante. La sentencia penal obliga al condenado al pago. Si se reserva la acción civil, se puede reclamar posteriormente ante la jurisdicción civil, pero es preferible acumularla en el proceso penal para mayor celeridad y eficacia.