fecha de respuesta: 04.01.2025
En el divorcio contencioso, ambos cónyuges deben comparecer con abogado y procurador, pues es un juicio de familia tramitado ante el juzgado civil, y la LEC exige esa representación. En un mutuo acuerdo (divorcio consensuado), cabe un solo procurador y un solo abogado para ambos, o cada uno con su propio profesional. Suele preferirse uno único cuando la ruptura es amistosa, reduciendo costes. Si surgen discrepancias en cualquier momento, se pasa a contencioso y cada parte nombra sus profesionales. El procurador tramita la demanda de divorcio y notifica las resoluciones, mientras el abogado redacta el convenio regulador.