fecha de respuesta: 11.01.2025
En general, la responsabilidad médica se basa en la culpa o negligencia. No hay un régimen de responsabilidad objetiva pura (como en determinados sectores industriales). El profesional responde por culpa probada, salvo en defectos del producto (prótesis defectuosa) que implican responsabilidad del fabricante. Sin embargo, en la sanidad pública, la Administración responde objetivamente por el funcionamiento normal o anormal de los servicios, aunque al final se requiera probar la relación de causalidad y la negligencia. Pero no hay un sistema en el que el médico sea responsable sin probar la infracción de la lex artis. En casos de cirugía estética, a veces se establece mayor cercanía a la obligación de resultado, pero sigue necesitándose la demostración de mala praxis.