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¿Se anulan los testamentos antiguos?
¿Existe un plazo para que el Estado la acepte?
¿Cuántos tipos de testamentos reconoce la legislación española y en qué se diferencian?
Me consta que existen testamentos ordinarios y especiales. Dentro de los ordinarios, sé que hay el testamento abierto, cerrado y ológrafo. ¿Podrías detallarlos?
¿Significa que le corresponde todo el patrimonio?
¿Cuáles son las causas justificadas para ello y qué ocurre si son falsas?
Deseo conocer el ámbito del Derecho de Sucesiones, que se refiere a la transmisión de bienes y derechos tras el fallecimiento de una persona. Quiero saber dónde se regula principalmente en el Código Civil español y de qué trata en líneas generales, incluyendo si aborda normas tanto para sucesión con testamento como sin él.
He oído que existe la ‘definición’ para finiquitar derechos sucesorios en vida.
¿Se equipara a un testamento notarial?
¿Alguien administra sus bienes hereditarios?
¿Qué pasos sigue el juzgado para adjudicar los bienes?