fecha de respuesta: 12.11.2024
Tradicionalmente, el procurador se circunscribía al ámbito territorial de su colegio (partido judicial). Para actuar en otro partido, podía requerir a un procurador colaborador local. Sin embargo, con la liberalización de servicios, se ha flexibilizado, permitiendo al procurador ejercer en varios ámbitos si se da de alta o cumple requisitos en distintos colegios. Aun así, en la práctica muchos procuradores se asocian con colegas locales cuando el pleito se tramita lejos de su sede. El Tribunal Supremo ha reconocido que la ley no puede imponer exclusividad de partido, pero en la realidad operativa aún existe un fuerte carácter territorial.