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¿Qué competencia judicial se aplica a la reclamación contra un procurador por costas indebidas?

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Pregunta del visitante

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14.12.2024

¿Es un asunto civil o colegial?

Respuesta a la pregunta 19.12.2024
fecha de respuesta: 19.12.2024

La reclamación de honorarios o costas indebidas contra un procurador se tramita ante la jurisdicción civil (procedimiento de reclamación de cantidad o responsabilidad contractual), porque se fundamenta en la relación profesional. Previamente, puede intentarse un arbitraje o mediación en el colegio, pero no es obligatorio. Si no hay acuerdo, la vía civil es la adecuada. El juzgado valorará si la factura se ajusta a los baremos y si hay perjuicio real. La vía colegial es disciplinaria o de mediación, no substituye la reclamación judicial. Por tanto, la competencia corresponde al juzgado civil del domicilio del demandado o según la norma de competencia general.

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