fecha de respuesta: 07.01.2025
El poder notarial general faculta al apoderado para diversas gestiones, pero no siempre incluye la representación procesal. El poder para pleitos es un mandato especialísimo que permite al procurador (o a la persona designada) actuar en procesos judiciales y ejecutar actos procesales en tu nombre. Puede otorgarse ante notario o mediante comparecencia personal en sede judicial (apud acta). Un poder general puede ser insuficiente si no contempla expresamente la facultad de litigar. Por tanto, para designar un procurador en un asunto concreto, es habitual el poder apud acta o un poder notarial específico que recoja la representación en juicio.