fecha de respuesta: 30.12.2024
Toda empresa con trabajadores está obligada a contar con un Plan de Prevención que evalúe riesgos y planifique la acción preventiva. Debe integrarse en la gestión general de la empresa, fijando responsables y procedimientos. Puede elaborarse a través de un Servicio de Prevención Propio (si se reúnen ciertos requisitos de plantilla o actividad) o un Servicio de Prevención Ajeno, debidamente acreditado. También existen modalidades de asunción personal por el empresario si la empresa es muy pequeña y la actividad no es peligrosa. El plan se concreta en evaluaciones de riesgos, formaciones, vigilancias de la salud y medidas de emergencia. La Inspección exige ver evidencias del Plan y su actualización periódica.