fecha de respuesta: 01.12.2024
Desde 2021, el Real Decreto 902/2020 obliga a las empresas a llevar un registro retributivo de toda la plantilla, incluido personal directivo y altos cargos, desglosado por sexos y por categorías o puestos equivalentes. Se busca detectar brechas salariales injustificadas. Este registro debe mostrar la media y la mediana de sueldos, complementos y percepciones extrasalariales. Los representantes de los trabajadores pueden acceder a él. Si se observa una brecha superior al 25% sin justificación objetiva, la Inspección de Trabajo puede investigar posibles discriminaciones. La empresa debe actualizar el registro cada año y si un Plan de Igualdad es obligatorio, el registro se integra en la auditoría retributiva.