fecha de respuesta: 03.12.2024
En España, antes de acudir a los juzgados de lo social, suele exigirse un acto de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación), excepto en despidos colectivos o cuando la ley lo excluya. Si se alcanza un acuerdo, se evita el juicio. También se contempla la mediación a través de organismos como el SIMA (Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) para conflictos colectivos, o el arbitraje voluntario si ambas partes así lo deciden. El arbitraje es más rápido y laudo es vinculante, sin posibilidad de recurso (salvo anulación por motivos tasados). Estas vías extrajudiciales buscan solucionar litigios laborales de forma ágil y menos costosa.