fecha de respuesta: 19.11.2024
Las deudas no se extinguen con la muerte: pasan al patrimonio hereditario. Quienes aceptan la herencia, si lo hacen pura y simplemente, responden con todo su propio patrimonio de las deudas del difunto. En cambio, si aceptan a beneficio de inventario, sólo responden hasta donde alcancen los bienes heredados. Las deudas se satisfacen antes de repartir la herencia neta. Si la deuda supera el valor de los bienes, los herederos en aceptación pura y simple deben cubrir el exceso con sus bienes personales, de ahí la conveniencia a veces de acogerse al beneficio de inventario o repudiar la herencia.