fecha de respuesta: 03.11.2024
Cuando varios herederos reciben pro indiviso un inmueble, surge la comunidad hereditaria. Si uno lo ocupa en exclusiva, debe compensar a los otros por su uso (alquiler teórico) salvo acuerdo contrario. La comunidad persiste mientras no se parta la herencia o se venda el inmueble y reparta el dinero. Si no hay entendimiento, cualquiera puede solicitar la división judicial de la herencia, subastando el bien o adjudicándolo a uno de los coherederos con el abono de la cuota a los demás. Mientras tanto, el heredero ocupante debe respetar el derecho de uso de los demás o pagar indemnización por disfrute exclusivo.