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Vivo en Castellón y descubrí recientemente, tras una investigación familiar, indicios que me hacen sospechar que la mujer que figura legalmente como madre de mi hija en el Registro Civil podría no ser realmente su madre biológica debido a una posible confusión hospitalaria en el momento del parto, hace ya bastantes años. Me gustaría entender si existe alguna acción legal para impugnar esa maternidad ya inscrita y aclarar de forma definitiva quién es realmente la madre biológica de mi hija.
Tengo setenta años y vivo en Segovia, y últimamente he oído hablar bastante del llamado testamento vital o documento de instrucciones previas, además del testamento tradicional para repartir mis bienes que ya tengo otorgado desde hace años. No entiendo bien qué diferencia existe entre ambos documentos, ni si el testamento vital sustituye de alguna forma al testamento habitual, ni si necesito hacer algo adicional para tener también regulada esta otra cuestión relacionada con decisiones médicas futuras.
Estoy separándome del padre de mi hijo de diez años en Albacete, que tiene una discapacidad intelectual moderada y requiere terapias específicas, seguimiento médico continuado y una rutina muy estructurada. Ambos queremos participar activamente en su cuidado, pero no sé si en estos casos se recomienda la custodia compartida igual que con cualquier otro menor, o si existen criterios especiales que el juzgado tenga en cuenta debido a las necesidades particulares de nuestro hijo por su discapacidad.
Mi padre falleció el año pasado en Sevilla sin haber otorgado testamento en ningún momento de su vida. Somos tres hermanos y nuestra madre ya había fallecido antes que él. No sabemos exactamente cómo se determina legalmente el reparto de sus bienes entre nosotros al no existir ningún documento que refleje su voluntad, ni qué trámites debemos iniciar para poder acceder formalmente a la herencia y repartirnos lo que nos corresponde legalmente.
He empezado a sospechar en Sevilla que mi ex pareja está utilizando a nuestros hijos como forma de hacerme daño a mí, incumpliendo constantemente el régimen de visitas, hablándoles mal de mí delante de ellos y generando situaciones que los ponen claramente en contra mía sin ninguna razón objetiva. He oído hablar del concepto de violencia vicaria y me gustaría entender exactamente qué significa este término legalmente y cómo podría acreditar ante un juzgado que estoy sufriendo este tipo de violencia a través de mis propios hijos.
Mi ex pareja ha sido denunciado por violencia de género en Málaga y actualmente hay un procedimiento penal abierto en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Tenemos un hijo de cinco años que hasta ahora mantenía un régimen de visitas normal con su padre, y quiero saber si, por el simple hecho de existir esta denuncia y este procedimiento penal en curso, puedo solicitar la suspensión de las visitas mientras se resuelve todo, o si es necesario esperar a que exista una sentencia condenatoria firme para poder limitar el contacto entre mi hijo y su padre.
Recibo desde hace dos años una pensión compensatoria mensual de mi ex marido, fijada en nuestro divorcio en Logroño, y ahora que estoy preparando mi declaración de la renta, no tengo claro si debo declarar este dinero como un ingreso más sujeto a tributación, ni tampoco sé si mi ex marido, que es quien paga esta pensión, puede deducirse de alguna forma estas cantidades en su propia declaración, ya que me gustaría entender bien las implicaciones fiscales de esta pensión para ambos.
Estamos separándonos en Valladolid y tenemos dos hijos con edades muy diferentes: una niña de catorce años y un bebé de ocho meses. Ambos queremos plantear la custodia compartida, pero no sabemos si legalmente es posible aplicar el mismo régimen a hijos de edades tan distintas, ya que entendemos que las necesidades de un bebé lactante son muy diferentes a las de una adolescente, y nos preocupa que el juzgado nos diga que no es viable establecer una custodia compartida conjunta para ambos hermanos.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
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