fecha de respuesta: 05.11.2024
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo obligan al empresario a evaluar los riesgos, adoptar las medidas de protección adecuadas (equipos, formación, vigilancia de la salud) y asegurar la participación de los trabajadores a través de delegados de prevención. El empresario debe integrar la prevención en todos los niveles y dotar de medios eficaces. El incumplimiento grave que genere accidente laboral o enfermedad profesional puede conllevar sanciones administrativas, recargos de prestaciones e incluso responsabilidad penal si se demuestra imprudencia grave. La Inspección de Trabajo y la autoridad sanitaria supervisan el plan de prevención y pueden imponer paralización de actividades peligrosas.