fecha de respuesta: 16.11.2024
La reforma laboral de 2022 limita los contratos temporales a circunstancias muy justificadas de la producción o sustitución de un trabajador, suprimiendo el tradicional contrato de obra o servicio determinado. Además, se potencia el contrato fijo-discontinuo para cubrir necesidades estacionales o intermitentes, buscando reducir la precariedad. Se endurecen las sanciones por uso fraudulento de la temporalidad y se pretende que la modalidad indefinida sea la norma. También se acorta la duración máxima de los contratos eventuales y se prioriza la negociación colectiva en la definición de las condiciones de este tipo de contratación, con el fin de reducir el fraude.