Los mejores abogados en Madrid
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Estoy en pleno procedimiento de separación en Cádiz y mi ex pareja ha solicitado en el juzgado que mis visitas con nuestro hijo de cuatro años se realicen de forma supervisada, alegando ciertos episodios pasados de mi vida que ya he superado completamente. No entiendo bien qué implica exactamente que las visitas sean supervisadas, ni durante cuánto tiempo suele mantenerse esta medida, ni qué debo hacer para poder recuperar cuanto antes un régimen de visitas normal sin supervisión.
Llevo pagando pensión compensatoria a mi ex mujer desde nuestro divorcio hace cinco años en Cáceres, fijada porque en aquel momento ella no tenía ingresos propios tras dedicarse muchos años al hogar. Recientemente ha heredado de sus padres un patrimonio considerable, incluyendo varios inmuebles y una cantidad importante en ahorros, lo que ha cambiado completamente su situación económica respecto a cuando se fijó la pensión. Me gustaría saber si esta mejora patrimonial derivada de una herencia me permite solicitar la modificación o extinción de la pensión que sigo pagándole.
Mi ex marido lleva varios meses sin pagar la pensión de alimentos de nuestros hijos, fijada en la sentencia de divorcio dictada en Jaén. Sé que todavía mantiene una cuenta bancaria conjunta con su nueva pareja, aunque él no tiene ninguna cuenta a su nombre en solitario que yo conozca. Me gustaría saber si puedo pedir el embargo de esa cuenta conjunta para cobrar lo que me debe, o si el hecho de que esté también a nombre de otra persona lo impide.
Tengo dos hijos en Cuenca, y una de ellas se ha volcado completamente en mi cuidado durante los últimos años tras quedar viuda, mientras que mi otro hijo apenas mantiene contacto conmigo desde hace tiempo, aunque tampoco ha habido ningún maltrato ni situación que justifique desheredarlo completamente. Me gustaría reconocer de alguna forma en mi testamento el mayor esfuerzo y dedicación de mi hija cuidadora, dándole una parte mayor de la herencia que a mi otro hijo, sin llegar a excluirlo por completo. Quiero saber si esto es legalmente posible.
Mi pareja y yo estamos casados pero llevamos conviviendo por separado desde hace tres años en Pontevedra, sin haber tramitado nunca el divorcio ni la separación legal, simplemente dejamos de vivir juntos de mutuo acuerdo tácito. Ahora quiero saber si esta separación de hecho tan prolongada tiene alguna consecuencia legal automática sobre nuestro matrimonio, nuestros bienes o si necesito formalizar algo específico antes de poder rehacer mi vida con tranquilidad legal.
Mi padre falleció en Segovia dejando principalmente deudas y muy pocos bienes de valor, por lo que estoy valorando seriamente renunciar a la herencia para no asumir ninguna responsabilidad sobre esas deudas pendientes. Tengo dos hijos menores y me gustaría saber si, al renunciar yo a la herencia de mi padre, esa renuncia tiene algún efecto sobre mis propios hijos, es decir, si ellos podrían de alguna forma heredar en mi lugar o si quedan completamente al margen de esta herencia una vez que yo renuncio.
Después de nueve años conviviendo como pareja de hecho inscrita en Barcelona, mi pareja y yo hemos decidido romper nuestra relación. Durante todo este tiempo yo dejé mi trabajo para dedicarme al cuidado de la casa y de nuestros dos hijos, mientras que mi pareja desarrollaba su carrera profesional sin interrupciones. Ahora que rompemos, me preocupa mucho mi situación económica futura, y me gustaría saber si tengo derecho a algún tipo de compensación económica similar a la pensión compensatoria que existe en los divorcios, dado que no estábamos casados sino que éramos pareja de hecho.
Estoy en proceso de divorcio en Málaga. Durante el matrimonio hemos vivido en una casa que pertenece legalmente a los padres de mi marido, aunque llevamos diez años residiendo allí con nuestros dos hijos, de nueve y doce años. Mi marido quiere que me vaya de la vivienda en cuanto se dicte la sentencia, pero yo tengo la custodia de los niños y no dispongo de otra vivienda cercana a su colegio. Me gustaría saber si tengo algún derecho a seguir usando esa casa aunque no figure a nuestro nombre y qué puede decidir el juez al respecto.
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En nuestro servicio, tenemos opiniones genuinas sobre abogados; no eliminamos las opiniones negativas y no es posible manipularlas.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
Primero, formule su pregunta de manera clara y concisa e intente hacerla. Si es sencilla y puede ser respondida rápidamente, a menudo los abogados la responden de forma gratuita. Sin embargo, el derecho a determinar el costo de la consulta es del abogado.
Esto se puede hacer en el servicio español de búsqueda de abogados Abogados24-es.com de forma completamente gratuita. Es importante saber que la búsqueda conveniente y el contacto con el especialista son gratuitos, mientras que la consulta y los servicios proporcionados por los especialistas pueden ser de pago.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 70 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Un abogado puede representar en procesos penales. El campo de actuación de un jurista, a diferencia de un abogado, es más limitado. Los juristas se especializan principalmente en casos civiles; estos incluyen disputas laborales, cobro de deudas, preparación de contratos, disputas de vivienda y de tierras, etc.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
La consulta sobre comportamiento jurídico incluye el análisis de situaciones y recomendaciones del abogado sobre posibles acciones. Se identifican dos tipos de consultas: la consulta judicial y la consulta escrita (opinión legal). El tipo de asistencia depende de la situación y de las preferencias del cliente.