¿Pueden someterse a mediación conflictos entre una administración pública y un particular?
- 28.10.2024
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¿Hay una norma que lo prohíba o limite?
¿Tiene efectos sobre la responsabilidad penal?
La Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor contempla la posibilidad de mediación cuando un menor comete un delito, promoviendo el encuentro con la víctima y la reparación del daño. Si hay acuerdo, el juez puede valorar positivamente la actitud del menor, reduciendo las medidas o incluso archivando el expediente en ciertos supuestos leves. El objetivo es responsabilizar al menor y conciliarlo con la víctima, fomentando la reinserción y evitando la estigmatización del proceso penal. No en todos los delitos se admite, sino en aquellos donde sea viable el perdón o la reparación, siempre que la víctima acepte y el menor muestre arrepentimiento.