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Mi marido y yo recurrimos a la gestación subrogada en un país donde esta práctica es legal, y ya ha nacido nuestro hijo, aportando material genético de mi marido según el acuerdo formalizado allí. Vivimos en Madrid y no sabemos exactamente cómo podemos inscribir al bebé en el Registro Civil español ni qué reconocimiento tiene aquí esta filiación establecida en el extranjero, ya que sabemos que en España la gestación subrogada no está permitida legalmente de la misma forma.
Además de la pensión de alimentos mensual fijada en el convenio regulador en Almería, en el mismo documento se acordó que los gastos extraordinarios de nuestra hija, como tratamientos médicos especiales o material escolar excepcional, se repartirían al cincuenta por ciento entre ambos. Mi ex marido se ha negado en varias ocasiones a abonar su parte de estos gastos concretos, aunque siempre paga religiosamente la pensión mensual ordinaria. Quiero saber si puedo reclamar judicialmente estos gastos extraordinarios de forma independiente a la pensión regular.
Me casé hace dos años en Sevilla y recientemente he descubierto que mi marido padecía, ya antes de nuestra boda, una enfermedad mental grave que me ocultó deliberadamente durante todo el noviazgo, y que ahora empieza a manifestarse de forma evidente afectando seriamente nuestra convivencia. Si hubiera sabido esto antes, jamás me habría casado con él. Me gustaría saber si esta ocultación previa a la boda podría ser causa de nulidad matrimonial en lugar de tener que recurrir a un divorcio ordinario.
Mi ex mujer y yo tenemos establecida la custodia compartida de nuestros dos hijos al cincuenta por ciento en Bilbao desde hace un año, con semanas alternas en cada domicilio, pero en la sentencia se me obliga además a pagarle una pensión de alimentos mensual, lo cual no entiendo bien, ya que pensaba que en la custodia compartida cada progenitor asumía directamente los gastos de los hijos durante el tiempo que están con él, sin necesidad de pensiones adicionales entre nosotros. Me gustaría entender por qué en mi caso sí se ha fijado esta pensión.
Estoy iniciando los trámites de mi divorcio en Logroño y mi abogado me ha explicado que existen dos vías distintas según haya o no acuerdo con mi marido: una mediante convenio regulador y otra mediante un procedimiento contencioso con sentencia de medidas. No termino de entender bien qué diferencias prácticas tienen ambos caminos, ni qué ocurre si empezamos de mutuo acuerdo pero después dejamos de estar de acuerdo en algún punto concreto durante el proceso.
Mi hijo acaba de cumplir dieciocho años y se ha ido a estudiar a otra ciudad en Zaragoza, donde vive en un piso compartido con otros estudiantes mientras cursa sus estudios universitarios. Sigo pagando la pensión de alimentos fijada en mi divorcio, pero ahora los gastos son diferentes, ya que además de su manutención habitual debe pagar alquiler y otros gastos derivados de vivir fuera de casa. Me gustaría saber si debo seguir pagando exactamente la misma cantidad que antes o si esta nueva situación justifica revisar el importe de la pensión.
Me han diagnosticado recientemente una enfermedad grave que requerirá tratamientos prolongados e ingresos hospitalarios frecuentes durante los próximos meses en Badajoz. Tengo la custodia compartida de mis dos hijos junto a su madre, pero me preocupa no poder atenderlos adecuadamente durante los periodos de tratamiento más intensivo. Me gustaría saber si puedo solicitar una modificación temporal de la custodia mientras dure mi tratamiento, y qué pasaría con esta situación una vez que, espero, me recupere completamente.
Estoy en pleno proceso de separación contenciosa en Salamanca y mi hijo de doce años ha expresado claramente que prefiere vivir principalmente conmigo, aunque su padre insiste en pedir la custodia compartida. No sé si legalmente el juzgado tiene en cuenta la opinión de mi hijo a esta edad, ni cómo se realiza esa escucha del menor dentro del procedimiento judicial, ni si su preferencia sería determinante para la decisión final sobre la custodia.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
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