fecha de respuesta: 05.11.2024
Sí, aunque el laudo es vinculante, si el obligado no cumple, el beneficiario debe solicitar su ejecución ante el juzgado de primera instancia competente, presentando copia del laudo y acreditando su firmeza. El tribunal revisa que no existan causas de denegación de ejecución (por ejemplo, nulidad del laudo) y procede a embargos y demás actos ejecutivos igual que con una sentencia. El arbitraje evita el juicio sobre el fondo, pero la fuerza ejecutiva se canaliza a través de la jurisdicción civil si la parte condenada no paga o no hace lo pactado. Por tanto, la ejecución forzosa sí recurre a la vía judicial.