¿En conflictos internacionales de familia, cabe la mediación transfronteriza? - Abogados24-es.com

¿En conflictos internacionales de familia, cabe la mediación transfronteriza?

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Pregunta del visitante

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17.12.2024

¿Se reconocen los acuerdos en otros países?

Respuesta a la pregunta 20.12.2024
fecha de respuesta: 20.12.2024

Sí, en la Unión Europea se fomenta la mediación en litigios transfronterizos familiares, como la custodia internacional o sustracción de menores. El Reglamento (CE) n.º 2201/2003 y mediaciones en el marco de La Haya propician acuerdos amistosos. Tras la mediación, para ejecutarlo en otro Estado miembro, se requiere homologación judicial o formalización que cumpla la normativa de ese país. A través del Reglamento Bruselas II bis (y ahora II ter), se facilita el reconocimiento de resoluciones y acuerdos homologados. Fuera de la UE, depende de convenios bilaterales y del grado de voluntad de la jurisdicción local. Cada vez más se promueve la mediación transfronteriza para resolver disputas parentales.

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