fecha de respuesta: 16.01.2025
La Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor contempla la posibilidad de mediación cuando un menor comete un delito, promoviendo el encuentro con la víctima y la reparación del daño. Si hay acuerdo, el juez puede valorar positivamente la actitud del menor, reduciendo las medidas o incluso archivando el expediente en ciertos supuestos leves. El objetivo es responsabilizar al menor y conciliarlo con la víctima, fomentando la reinserción y evitando la estigmatización del proceso penal. No en todos los delitos se admite, sino en aquellos donde sea viable el perdón o la reparación, siempre que la víctima acepte y el menor muestre arrepentimiento.