fecha de respuesta: 01.12.2024
La Ley 5/2012 impone confidencialidad absoluta, prohibiendo al mediador declarar o exhibir documentos de la mediación en juicios, salvo que todas las partes consientan expresamente o haya indicios de delito grave (en este último caso, el mediador podría verse obligado a colaborar con la justicia, pero debe interpretarse con suma cautela). En general, el mediador no puede romper el secreto de lo discutido en las sesiones. Si un juez lo llama a testificar, el mediador invoca el deber de confidencialidad. Sólo con la autorización unánime de las partes podrá revelar algo. Esta protección fomenta la sinceridad en mediación.