fecha de respuesta: 17.01.2025
La mediación de consumo la desarrollan oficinas municipales (OMIC) o entidades públicas, donde se facilita el diálogo entre consumidor y empresa para un acuerdo amistoso. Es voluntaria, no impone una solución, y su finalidad es lograr un pacto amistoso. El arbitraje de consumo, gestionado por las Juntas Arbitrales, concluye con un laudo que obliga a ambas partes si la empresa está adherida o ambas aceptan. La mediación se basa en la conciliación y no produce un laudo vinculante, mientras que el arbitraje sí. No son simultáneas: a menudo se intenta mediación primero y, si fracasa, se pasa al arbitraje.