fecha de respuesta: 28.12.2024
Es un servicio municipal o autonómico de mediación entre la entidad bancaria y el propietario de vivienda con dificultades de pago, buscando reestructurar la deuda, carencias, quitas o daciones en pago para evitar el desahucio. El mediador convoca a las partes y promueve soluciones que la persona afectada pueda asumir. Aunque no es jurídicamente obligatoria para el banco, muchos aceptan porque reduce conflictos y publicidad negativa. Ha tenido éxito en algunos casos, posibilitando acuerdos de refinanciación o alquiler social. No obstante, depende de la voluntad real del banco y del deudor. Si no hay acuerdo, el procedimiento hipotecario puede seguir.