fecha de respuesta: 04.11.2024
Sí, la Ley 5/2012 de mediación civil y mercantil estipula que el acuerdo alcanzado debe reflejarse por escrito y firmarse por las partes y el mediador en el denominado 'acta final'. El mediador hace constar que se ha ajustado al procedimiento, la voluntariedad, la libertad de las partes y su entendimiento del contenido. Así se asegura la autenticidad y la conformidad con los principios de mediación. Sin tal firma, no se forma un convenio con efectos legales. Posteriormente, las partes pueden elevarlo a escritura pública o solicitar homologación judicial para dotarlo de fuerza ejecutiva.