fecha de respuesta: 01.12.2024
Si las partes alcanzan un acuerdo en mediación, pueden solicitar la homologación judicial, presentándolo ante el juzgado competente. El juez comprueba que no vulnere leyes ni afecte a terceros. Una vez homologado por auto, el acuerdo se transforma en un título ejecutivo, ejecutable sin necesidad de un nuevo juicio. Es similar a la ejecución de sentencias o laudos. Esto fortalece la eficacia del pacto, pues si una parte incumple, la otra puede pedir directamente la ejecución ante el juzgado. La homologación no es obligatoria (se puede optar por escritura pública), pero suele preferirse para mayor seguridad.