fecha de respuesta: 06.11.2024
Las Juntas Arbitrales de Transporte son órganos públicos que resuelven, mediante arbitraje, disputas entre transportistas y cargadores sobre reclamaciones de portes, daños en mercancías o impagos, dentro de lo regulado en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Ofrecen un procedimiento más ágil y económico que los juzgados. El arbitraje puede ser obligatorio si así lo prevé el contrato de transporte o si ambas partes se adhieren. No es lo mismo que la mediación: aquí el árbitro dicta laudo vinculante, mientras que en mediación se busca un acuerdo voluntario. Las Juntas Arbitrales tienen competencias limitadas a transporte terrestre y de cuantía no excesiva.